SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S1
Fecha: 26-Oct-2016
II.2.
II.2. Interpuesta la apelación restringida por Sirley Carola Zaballos Carvajal y por la parte querellante, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia (actual Tribunal Departamental de Justicia) de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 105 de 9 de junio de 2010, declaró procedente parcialmente el recurso de apelación restringida interpuesto por la acusadora Flora Ramos Copa Vda. de Abelo, revocando parcialmente la Sentencia 01/10, solo en lo pertinente a la pena, impuesta a la referida procesada, fijándola en tres años y cuatro meses de reclusión e improcedente el recurso respecto al acusado absuelto Fidel Andrés Garnica Rodríguez; e improcedente el recurso de apelación restringida interpuesta por Sirley Carola Zeballos Carvajal (fs. 15 a 18; y, 19 a 20 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa una errónea valoración de la prueba
- III.4.
- CONFIRMAR