SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

II.2.

II.2.  El 23 de junio de 2016, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, pronunció Auto de Vista declarando improcedente la apelación incidental formulada por la querellante Roberta Vargas Zegarra y confirmando el Auto apelado en lo referente a la concesión de la cesación a la detención preventiva, en favor de Roberto Montaño Villarroel, a quien se le impuso medidas sustitutivas a la detención preventiva, previstas en el art. 240 numerales 2, 3, 4, 5 y 6 del CPP. Entre ellas, tomando en cuenta la finalidad y alcance de la fianza económica, que fue determinada en la suma de Bs30 000 que deberá oblar en cualquiera de las formas establecidas en el art. 240.6 parte in fine del CPP concordante con el 244 del mismo cuerpo legal, otorgándose el plazo de quince días de devuelto el cuaderno incidental al Juzgado de origen, a efecto de presentar la fianza económica ante la autoridad jurisdiccional a quo (fs. 3 vta. a 6).