SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 27 de junio de 2016, presentaron por el accionante, la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso; sin embargo, el Tribunal demandado, erróneamente dispuso que se resolverá una vez que el expediente radique en ese despacho; de la misma forma, el 13 de julio de ese año, el accionante solicitó el desarraigo provisional; toda vez que, se encontraría con “…tratamiento posible sobre cáncer…” (sic), debiendo constituirse para diferentes consultas en la República Federativa de Brasil, manifestando de la misma forma que se resolverá una vez radicado el proceso, situación que contradice la norma procesal penal vulnerando el debido proceso bajo la vertiente de “pronto despacho”, aún si la apelación fue formulada por otro coimputado, situación que no inhibe ni altera el procedimiento en lo que corresponde a la acusación contra su presentante.