Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 19 de julio del mismo año, solicitó la reposición de los decretos de 28 de junio y 14 de julio de 2016, toda vez que las autoridades dispusieron que “…se considerada una vez el expediente regrese de la Sala Penal, el mismo que se encuentra en apelación…” (sic), ello respecto a la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y desarraigo interpuestos el 27 de junio y 13 de julio de 2016 (fs. 9 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- El cuaderno procesal se encuentra en el efecto devolutivo
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 12
- en consecuencia, tratándose de la procedencia de la acción de libertad en relación al debido proceso, debe entenderse que la inobservancia a éste -debido proceso-, ha sido la causal principal para la afectación del bien jurídico libertad; pues, de lo contrario, si los actos emergentes del procesamiento no ponen en riesgo la libertad y no ocasionan su restricción, no podrán ser evaluados y considerados a través de la acción de libertad, correspondiendo su tratamiento, una vez agotados todos los medios intra procesales, a la acción de amparo constitucional,
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad”
- libertad de locomoción
- cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- REVOCAR en todo
- 2° Disponiendo