SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1051/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1051/2016-S3

Fecha: 03-Oct-2016

el momento en que se notificó la última decisión en sede judicial o administrativa

Es así que, el legislador a efectos de que la ciudadana o el ciudadano boliviano obtenga una efectiva administración de justicia constitucional, ha previsto este presupuesto constitucional, cual es la de presentar su demanda en un plazo no mayor a los seis meses a computarse desde la comisión del hecho lesivo o desde el momento en que se notificó la última decisión en sede judicial o administrativa”  (las negrillas fueron agregadas).