SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S1

Fecha: 26-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Adquirió un bien inmueble en la zona de “Valle Hermoso”, Organización Territorial del Base (OTB) Japón el Alto de Cochabamba, entregando dinero a Zenón Arancibia Solís el 2005, posteriormente los “EXCOLONOS DE LA EX HACIENDA ALALAY VALLE HERMOSO” (sic), le adjudicaron el lote de terreno de 322 m2, porque cumplió con los requisitos exigidos al efecto, y efectuó trabajos comunales, ejerciendo actos de posesión; el 15 de junio del 2015 construyó su vivienda, instalándose conjuntamente su familia, constituyendo de ese modo su domicilio familiar.

El 31 de agosto de 2015, contrató dos albañiles para la refacción y mejoras en su domicilio, en ese ínterin a horas 10:00 aproximadamente Job Flores, Wilder Melendres y Marina Vásquez llegaron a su domicilio abruptamente y de forma abusiva y prepotente ingresaron a su cuarto ordenándole a gritos que desaloje su vivienda, argumentando que ese terreno pertenecía a Marina Vásquez, y en su condición de dirigentes procedían a desalojarle, habiéndose negado a cumplir esa orden y ante su renuencia, le amenazaron con aplicar la justicia comunitaria y lincharle insultándole, Marina Vásquez con el mango de la picota le golpeó en su espalda, le tomaron de sus pies y manos, a golpes lo sacaron arrojándole al patio cerca a la fogata que habían prendido, momento en el cual se percató que habían más de diez personas, a quienes Job Flores incitaba a que le amarren a un palo y le echen gasolina, amenazaron a los albañiles con quemarlos por lo que tuvieron que alejarse del lugar.

Las personas antes nombradas arrojaron sus pertenencias al suelo destruyéndolas (platos, vasos, ropas, ollas, televisor, comida, la ropa, útiles, libros de sus hijos) además que sacaron a empujones a su esposa e hijastra de la habitación, quienes lloraban y a gritos pedían auxilio ni eso les conmovió, porque enardecidos sacaron la puerta y marco, subieron el techo y desprendieron las calaminas, intentaron derrumbar su vivienda, momento en el cual llegaron dos policías que calmaron los ánimos y dispersaron a las personas.

Inmediatamente denunció ese hecho en la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), y la investigación asignada al caso recolectó las evidencias mediante muestrario fotográfico, pero al retornar a su domicilio encontró tapiada la puerta impidiendo el ingreso a su hogar donde todavía se encontraban cosas de primera necesidad, consumado el desalojo clandestino y despojo de su domicilio encontrándose a la fecha sin vivienda.