Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1052/2016-S1
Fecha: 26-Oct-2016
II.6.
II.6. Cursa certificación expedida por la OTB “Japón el Alto” de 25 de noviembre de 2015, a solicitud verbal de los interesados, expresando que Zenón Melendres y Marina Vásquez de Melendres el año 2004 procedieron a construir un cuarto de medias aguas en el MZ “A” Lote 2 de material de adobe destinado a la vivienda (fs. 78).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. En cuanto a las medidas de hecho
- III.3.Análisis del caso concreto
- ingresaron a su vivienda abruptamente y de forma abusiva, prepotente y a gritos le ordenaron que la desaloje, señalando que el terreno pertenecía a Marina Vázquez y en su condición de dirigentes procedían con el desalojo
- REVOCAR