Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2016-s2
Fecha: 24-Oct-2016
II.3.
II.3. Por nota de 6 de julio de 2016, los Miembros de Junta Vecinal “Colquiri”, solicitaron a Gabriela Alcocer Ureña, proceda a la instalación de la acometida de agua a su domicilio, en vista de que los trabajos de asfalto que se estaban realizando en la calle Saavedra, tenían un avance que luego podía perjudicar, así como podrían presentarse mayores dificultades para la instalación del servicio de agua (fs. 39 a 55).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza y alcances del derecho al agua
- en este sentido por la naturaleza de este derecho en su ejercicio individual, no puede arbitrariamente ser restringido o suprimido mediante vías o medidas de hecho en su uso racional como bien escaso por grupo social alguno -sea una comunidad campesina o sea una colectividad diferente- ni tampoco por persona particular
- III.3.
- 1° CONFIRMAR en todo