SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2016-S3

Fecha: 04-Oct-2016

1)

Fernando Enrrique Rivadeneyra Riveros, Juez de Instrucción Penal Sexto de la Capital del departamento de La Paz, por informe presentado el 6 de julio de 2016, cursante a fs. 10 y vta., refirió que: 1) El accionante no aclaró si la actual acción de libertad es contra el suscrito operador; toda vez que, el cuaderno de control jurisdiccional fue remitido por concepto de apelación contra la Resolución 213/2015; 2) Por otra parte, si bien la justicia es gratuita; empero, no se tiene ninguna normativa que obligue al Juez erogar de su bolsillo para los gastos de obtención de fotocopias; 3) El ahora accionante debió dirigir esta acción de defensa al Consejo de la Magistratura, ente que tiene el deber de preservar los insumos y elementos necesarios para sacar fotocopias; 4) Sin perjuicio de lo anterior, debió incoarse la demanda contra la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento, donde radicó la apelación; por cuanto, es esta la autoridad quien debe devolver a la brevedad los antecedentes al Juzgado de origen; y,         5) Este reclamo correspondía ser dirigido a conocimiento ya sea del Tribunal ad quem o en su defecto al a quo con el objeto de gestionar su devolución.