SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2016-S3

Fecha: 10-Oct-2016

denegó

La Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 24/2016 de 17 de junio, cursante de fs. 436 a 438, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: a) No es evidente la vulneración del derecho a la defensa, toda vez que el hoy accionante tuvo desde su inicio un abogado patrocinador; b) En cuanto al derecho a la legalidad o primacía de la ley, el mismo no fue vulnerado, ya que existió un proceso desarrollado conforme a procedimiento interno de la Policía Nacional;     c) En lo referente a la lesión del debido proceso en sus vertientes de motivación y fundamentación, no es evidente ya que los “…elementos que han llevado a la resolución impugnada tienen además de la coherencia, la fundamentación y la motivación que habrían sido extrañadas por la parte accionante tiene un contenido y una secuencia del principio de legalidad administrativa la misma que nace los hechos y concuerda con el nexo de causalidad y determinan con una sanción imperativa y prevista con anterioridad en la norma legal administrativa” (sic); y, d) Respecto a la vulneración del derecho a declarar libremente de toda forma de presión y a la no autoincriminación, cabe señalar que al ahora accionante posteriormente al juramento que le fue tomado, se le hizo preguntas expresas y respondió que sí se sometería a declarar, por lo tanto no existe la lesión alegada.