SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S3

Fecha: 13-Oct-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de avasallamiento, habiéndose radicado la causa en el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz, se fijó audiencia de modificación de medidas sustitutivas para el 8 de julio de 2016, en la que el acusador particular se opuso a la solicitud presentada bajo el argumento que se encontrarían pendientes de resolución los recursos de apelación incidental interpuestos contra la Resolución que dio lugar a las medidas sustitutivas impuestas en su contra, en esa razón, las autoridades judiciales ahora demandadas le preguntaron de forma insistente si estaría dispuesto a desistir de las apelaciones presentadas, negándose a aceptar la renuncia a las mismas, dando lugar al rechazo de su solicitud de modificación de medidas sustitutivas, bajo el fundamento que al existir cuestiones pendientes, no era posible analizar el asunto, disponiendo la devolución de obrados ante el Juez de Instrucción Penal “Octavo” -siendo lo correcto Noveno- de la Capital de ese departamento, hasta la resolución de los recursos presentados.

Sin embargo, pese a lo dispuesto por las autoridades judiciales ahora demandadas, hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar no se realizó la remisión del expediente, acto que debió ser efectivizado en el plazo de veinticuatro horas, ocasionando demora y dilación en el envió de obrados ante el Juez de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, originando una serie de perjuicios dado que se encuentra con detención domiciliaria y está imposibilitado de trabajar, siendo el único sustento de su familia.