SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S3
Fecha: 13-Oct-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, al juez natural y a los principios de seguridad jurídica y celeridad procesal, toda vez que habiendo presentado solicitud de modificación de medidas sustitutivas dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de avasallamiento, las autoridades judiciales ahora demandadas previo a instalar la audiencia observaron la existencia de recursos de apelación pendientes de ser resueltos, por lo que mediante Resolución 182/2016 de 8 de julio, determinaron dejar sin efecto hasta la radicatoria, disponiendo la devolución de antecedentes ante el Juzgado de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz; sin embargo, hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar los mismos no fueron remitidos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos de activación de la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR