Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2016-S3
Fecha: 13-Oct-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante considera vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa, al juez natural y a los principios de seguridad jurídica y celeridad procesal, citando al efecto los arts. 115.II, 119.II y 203 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre los presupuestos de activación de la acción de libertad
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR