SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1125/2016-S3

Fecha: 18-Oct-2016

III.3.  Análisis del caso concreto

El accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos invocados en la presente acción tutelar, puesto que ante la presentación de solicitudes de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y cesación de la detención preventiva, la autoridad demandada no resolvió ninguna de sus peticiones hasta la fecha de interposición de esta acción de defensa.

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se tiene la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, interpuesta por la accionante mediante memorial con fecha de recepción de 1 de julio de 2016, ante el Juzgado de Instrucción Penal Primero de la Capital del departamento de Pando (Conclusión II.1.); asimismo, pidió la cesación de la detención preventiva en base al art. 239.3 del CPP ante la misma autoridad, el 8 del citado mes y año (Conclusión II.2.), constando que por providencia de 13 del referido mes y año, la autoridad demandada dispuso el traslado de la petición presentada al Ministerio Público (Conclusión II.3.).