SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2016-S3

Fecha: 19-Oct-2016

actos de trámite

En ese entendido, el derecho administrativo dentro de la clasificación de los actos administrativos, a partir de los efectos que producen los mismos, reconoce como una modalidad los denominados ‘actos de trámite’, sobre los cuales la Corte Constitucional de Colombia en su Sentencia C-1436 de 2000 (Mp Alfredo Beltrán Sierra), indicó que: ‘La doctrina en materia administrativa, ha distinguido a los actos administrativos según el contenido de la decisión que en ellos se articula y sus efectos, en actos de trámite o preparatorios y en actos definidos. Los primeros son los que se encargan de dar impulso a la actuación o disponen organizar los elementos de juicio que se requieren para que la administración pueda adoptar la decisión de fondo sobre el asunto mediante el acto definitivo y, salvo contadas excepciones, no crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas. Los segundos son, obviamente, los actos que ponen fin a la actuación administrativa, los que deciden directa o indirectamente el fondo del asunto’”» (las negrillas son nuestras).