SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2016-S3

Fecha: 24-Oct-2016

denegó

EL Juez Público Civil y Comercial Segundo de Villazón del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 003/2016 de 30 de junio, cursante de fs. 67 a 69 vta., denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: 1) Se debe tener en cuenta que las normas procesales son de orden público y de cumplimiento obligatorio, sancionando con nulidad su desconocimiento y no acatamiento salvo que haya autorización expresa de la ley, situación que en el presente caso no se encontró; y, 2) El art. 371 del CPC, menciona expresa y taxativamente que el auto donde se fijan los puntos de hecho a probar, podrá ser objetado y solo si se mantiene lo dispuesto será apelable en efecto devolutivo; asimismo, el art. 214 del ciatdo Código no menciona el recurso de objeción, pero sí prevé la existencia de otros recursos, en consonancia con lo señalado por los principios de legalidad y de seguridad jurídica.