Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1140/2016-S3
Fecha: 24-Oct-2016
II.2.
II.2. Por Auto interlocutorio 6/2016 de 13 de enero, el Juez de la causa calificó el proceso como sumario de hecho por existir puntos controvertidos a ser probados, sujetando la misma al término de prueba de veinte días; y, fijándose como puntos a probar, para la parte actora: i) Que los demandados tienen la intención de apropiarse indebidamente de un bien inmueble que no les pertenece; y, ii) Que la fracción de terreno demandado en reivindicación tiene antecedente dominial anterior a 1996; y para la parte demandada: lo contrario de lo dispuesto para la parte actora. (fs. 57 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR