SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1166/2016-S3

Fecha: 26-Oct-2016

1)

Lo referido precedentemente, permite establecer el incumplimiento de los presupuestos previstos por la SC 1970/2010-R de 25 de octubre, que estableció los presupuestos constitucionales que deben ser cumplidos por el peticionante de tutela, cuando alega errónea interpretación y/o aplicación de la ley, los cuales son: ‘“1) Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto; es decir, por qué le resulta ‘insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica o con error evidente, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial o administrativo'.