Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1081/2016-S2
Fecha: 03-Nov-2016
II.3.
II.3. Cursa el informe 005/2016 de 7 de julio de 2016, emitido por Martha Ticona, Abogada del Centro Penitenciario “San Pedro” de La Paz, en el que señala que el tiempo que estuvo en comisión en el referido Centro Penitenciario, no recepcionó ninguna carpeta de solicitud de indulto del privado de libertad Sandy Miqui Chambi (fs. 40).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades y funcionaria demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- REVOCAR