Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1082/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
1)
El accionante a través de su representante sin mandato ratificó y reiteró in extenso los argumentos expuestos en su memorial de demanda tutelar y ampliando los mismos en audiencia señaló lo siguiente: 1) La remisión incompleta de los antecedentes del proceso lesionó su derecho a la defensa, definido como la potestad inviolable de todo individuo a ser escuchado en juicio; y, 2) En la audiencia de 11 de agosto de 2016, puntualizó de manera enfática que la Resolución impugnada era la 078/2016, y no la 060/2016; sin embargo, los Vocales demandados no enmendaron ese error, ingresando en deslealtad procesal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- no obstante, que éste recurso no requiere de mayores formalidades para su presentación; sin embargo, cualquier acto ilegal que vulnere el derecho a la libertad y que sea atribuible al demandado debe ser debidamente acreditado por los medios de prueba permitidos por el ordenamiento jurídico, no siendo suficiente lo aseverado por las partes en audiencia´.
- Fragmento 14
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR