SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1083/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1083/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

denegó

El Juez Público Mixto, de Partido y Sentencia Penal Primero de Chulumani del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 5/2016 de 11 de agosto, cursante de fs. 9 a 10 vta., que denegó la tutela, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) La acción de libertad debe ser interpuesta una vez agotados los mecanismos de impugnación intraprocesal, habiendo la autoridad demandada, cumplido con el señalamiento de audiencia de consideración de medidas cautelares para el día de mañana a horas 8:30, se deduce la existencia de un debido proceso; y, ii) La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad, únicamente procede cuando el acto considerado ilegal, sea la causa de la privación de libertad del accionante, las demás vulneraciones relacionadas a esta garantía que no tengan vinculación directa con el derecho a la libertad, deben ser reclamadas a través de los medios de defensa ordinarios, así lo estableció la SCP 1365/2014 de 7 de julio.