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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2016-S1

    Fecha: 07-Nov-2016

    II.3.

    II.3.  Por decreto de 7 de julio de 2016, la autoridad ahora demandada dispuso el traslado del recurso de apelación de acuerdo a lo establecido en el art. 405 del CPP, otorgando un plazo de tres días para que la parte contraria responda el mismo, ordenando que con respuesta o sin ella, se remita obrados al tribunal de alzada (fs. 24).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • Fragmento 5
    • I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores  que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • III.7. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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