SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1099/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
1)
Al respecto, de la revisión de antecedentes, se evidencia que el accionante cumplió con la presentación de dos fiadores, de los mismos existe el acta juramento, así como del talón de control de trámite de arraigo. De conformidad al Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando una autoridad judicial determina la aplicación de medidas sustitutivas a una persona imputada, pueden emerger dos situaciones; 1) Que se encuentre con detención preventiva; y, 2) Gozando de libertad. En la primera circunstancia, no es posible librar el mandamiento de libertad, sin que previamente se demuestre el cabal cumplimiento de las medidas sustitutivas impuestas; por lo que, el detenido preventivamente continuará en tal condición. En el presente caso, estamos frente a este razonamiento jurisprudencial, y no así respecto a la segunda situación. Consiguientemente, el impetrante de tutela, hasta la fecha de la interposición de la presente acción de defensa, efectivamente inició el trámite de arraigo; empero, no acreditó mediante documento idóneo encontrarse arraigado a nivel departamental y nacional, de entre las medidas sustitutivas impuestas; aspecto que es corroborado, por la documentación consistente en el talón de control de trámite de arraigo; hecho fáctico, que demuestra el incumplimiento total de las medidas determinadas por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, como consecuencia de la impugnación vía apelación incidental contra la decisión de la Jueza ahora demandada, que dispuso la detención preventiva contra el ahora accionante. Bajo estas consideraciones, corresponde denegar la tutela solicitada.
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantía constitucional
- III.2. Del cumplimiento de las medidas sustitutivas cuando el beneficiado se encuentre con detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- REVOCAR