SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1115/2016-s2

Fecha: 07-Nov-2016

II.3.

II.3.  A través de memorial presentado el 23 de junio de 2016, ante el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Guanay del departamento de La Paz, el procesado Luís Lalo Rodríguez Gonzales, solicitó cesación a la detención preventiva; aduciendo que la denuncia formulada por los delitos de allanamiento de domicilio y violación no fue valorada menos fundamentada por la autoridad quedando en indefensión, además que no se consideró las pruebas aportadas y menos fueron valorados los requisitos de los dos presupuestos para la detención preventiva; asimismo, señaló que el peligro de fuga y obstaculización contenidos en los arts. 234 y 235 del CPP, fueron desvirtuados conforme a pruebas y no existiendo antecedentes penales ni policiales, ante esa evidencia correspondía la cesación a la detención preventiva, por lo que impetró se señale día y hora para verificativo de cesación a la detención preventiva; finalmente en su otrosí, reiteró y ofreció las pruebas de descargo adjuntas dentro del cuaderno de investigación, misma que enerva los riesgos procesales de forma idónea con el objeto que el hecho no existió demostrando su inocencia en el ilícito atribuido; en mérito a lo cual, mediante decreto de 27 del indicado mes y año, se señaló audiencia para el 1 de julio de 2016 a horas 10:00 (fs. 25 a 26).