SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
El 14 de abril de 2016, la Unidad Antifraude remitió al Subgerente de Seguridad Corporativa de la ENTEL, el informe SSC-JAF/013-I-2016, adjuntando documentación confidencial que fue encontrada en la oficina de archivo y correspondencia, señalando que el 12 del indicado mes y año, a horas 18:05 aproximadamente, en ausencia de sus colegas de trabajo y su persona, funcionarios de diversas unidades de la citada Empresa, con la participación de Notario de Fe Pública, intervinieron el escritorio que ocupaba, donde constataron la existencia de varios documentos supuestamente confidenciales, por lo que al día siguiente, presentó informe esgrimiendo que las fotocopias encontradas en su escritorio, no se hallaban bajo ninguna declaración de confidencialidad, ya que simplemente se trataban de fotocopias simples de los entes sindicales Federación Sindical de Trabajadores de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Bolivia (FESENTEL) y Fondo de Trabajador de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (FOTRATEL) a los cuales se halla afiliado.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional: Obligación de accionar contra la autoridad que ejecutó el acto ilegal y la que podía corregirlo
- III.3. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo