Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1127/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
II.2.
II.2. Mediante Memorial de 29 de marzo de 2016, dirigida a la Jueza Pública Mixta y Comercial de Familia e Instrucción Penal Primera de Tiquipaya del departamento de Cochabamba; la Fiscal de Materia de Tiquipaya, emitió Resolución de Rechazo de Denuncia, por delito de lesiones graves, leves y allanamiento de domicilio a denuncia de Emiliana Nina de Solíz contra Eugenia Pacheco Chambi, por no haber encontrado elementos para fundamentar una imputación formal y posterior acusación por el Ministerio Público por los delitos mencionados, Resolución que podrá ser objetada dentro los cinco días (fs. 26 a 28).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad
- Con respecto al término
- y consolidar así la justicia material, debe establecerse deberes o cargas probatorias para la parte peticionante de tutela; en ese orden, para la determinación de las mismas, debe considerarse como punto de inicio que las vías de hecho se configuran por la realización de actos y medidas al margen y en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales vigentes para una administración de justicia, por tanto, la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir, en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- CONFIRMAR en todo