SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1183/2016-S1

Fecha: 17-Nov-2016

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 117/2016 de 9 de septiembre, cursante de       fs. 53 a 56, denegó la tutela solicitada; bajo los siguientes fundamentos: a) Las direcciones departamentales del régimen penitenciario tienen como obligaciones analizar las solicitudes y la documentación presentada por el Servicio Legal  de los Centros Penitenciarios además de emitir un informe de “cumplimiento” o “no cumplimiento” de los requisitos establecidos para la solicitud de indulto y remitir la carpeta respectiva dentro el plazo de tres días hábiles de revisada la misma;       b) En caso de emitir informe de “no cumplimiento” de los requisitos establecidos para la solicitud de indulto, la carpeta deberá ser devuelta al servicio legal que corresponda, o a la persona solicitante para subsanar la observación; y,              c) Tratándose de un acto enteramente administrativo, el accionante debió activar los mecanismos de impugnación, observación o revisión ante la Dirección Nacional del Régimen Penitenciario, considerando además que la línea del Tribunal Constitucional Plurinacional, señaló que los trámites de indulto no se hallan directamente vinculados con una privación de libertad indebida, sino más bien emergen de una sentencia condenatoria ejecutoriada; es decir, que el acto acusado de vulnerador o de restricción de libertad no han sido originados por el informe de no cumplimiento de la autoridad demandada.