SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1200/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

1)

Franco Ovidio Sanabria Solíz, Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Oruro, por informe cursante de fs. 20 a 22, manifestó que: 1) Se señalaron audiencias de consideración de medidas cautelares en diversas oportunidades, las mismas que fueron suspendidas por diversas circunstancias, tales como la incomparecencia del abogado defensor, por incumplimiento de formalidades, ausencia de los sujetos procesales, declarados rebeldes los accionantes en una anterior oportunidad, quienes al purgar la rebeldía, se levantó dicha medida; hasta que en la audiencia de 9 de junio de 2016, al no asistir los demandantes de tutela ni su abogado defensor, estando presente el representante del Ministerio Público y no habiendo justificado su inasistencia, por Auto de igual fecha se declaró rebeldes a los ahora accionantes; 2) El 11 de julio del citado año, después de más de un mes, se apersonaron con nueva defensa técnica y purgando rebeldía, donde se providencia el 12 del mencionado mes y año, indicando “estese a la Resolución 406/2016 de 9 de julio de 2016”(sic); 3) Conforme a dichos antecedentes, se evidencia una notoria actitud reticente de no someterse al proceso; y, 4) Dentro de este mismo proceso el coimputado Jimmy Roddy Gonzáles Colque, interpuso similar acción de libertad, con igual argumento, habiéndose emitido la respectiva resolución, anulando una providencia y ordenándose se resuelva de manera fundamentada; empero, no se levantó la declaratoria de rebeldía; por consiguiente, no existiendo fundamento válido para emitir la procedencia de la tutela, rechazaron la acción pretendida.