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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2016-S3

    Fecha: 03-Nov-2016

    II.1.

    II.1.  Por Auto de Vista 447/2015 de 20 de noviembre, Javier Percy Bravo Arroyo y Hugo Ramiro Sánchez Morales, Vocales de la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados-, confirmaron el Auto de 11 de marzo de 2015 que rechazó el incidente de nulidad de obrados (fs. 15 a 17).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios; el Tribunal Constitucional Plurinacional no puede inmiscuirse en esa labor particular, al estar compelido al cumplimiento de funciones diferentes
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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