Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2016-S3
Fecha: 04-Nov-2016
Fragmento 6
En vía de complementación y enmienda la funcionaria hoy demandada señaló que la Auxiliatura de Salas puso un cargo que indica que esta para revisión, por lo que solicitó se conmine a dicha funcionaria para que recepcione la apelación puesto que se encuentra en suplencia legal y tiene horarios establecidos. Ante lo cual el Juez de garantías, dispuso que se notifique a la Auxiliatura de Salas con la Resolución dictada para fines de su cumplimiento bajo responsabilidad.