SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2016-S3
Fecha: 04-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Como imputado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Martín Belaunde y otros, por la presunta comisión del delito de evasión y otros; a través de la Resolución 225/2015 de 13 de julio, se le otorgó medidas sustitutivas a la detención preventiva, imponiéndole detención domiciliaria, presentación semanal al biométrico del Ministerio Público, arraigo y una fianza económica, “Todo esto en fecha 13 de julio de 2015…” (sic), cumpliendo desde entonces las mismas.
El 2 de agosto de 2016, solicitó modificación a las medidas sustitutivas, pidiendo salidas laborales y académicas, petición que fue negada en audiencia de 16 de igual mes y año, por el Juez de la causa, motivo por el cual recurrió en apelación de manera oral, conforme el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ordenando la autoridad judicial que dentro de los plazos legales se remitan obrados para que se considere la misma.
Habiendo transcurrido una semana desde la interposición del recurso de apelación a la presentación de esta acción tutelar -23 de agosto de 2016-, se evidencia que la Secretaria del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz -hoy demandada- donde se ventila el proceso, omitió dar cumplimiento a la determinación del Juez, al no remitir antecedentes de la apelación al superior en grado, promoviendo una dilación indebida.