SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1218/2016-S3
Fecha: 04-Nov-2016
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su representante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad y ampliándolo, manifestó que fue aprehendido el 23 de agosto de 2016, por lo que se intentó encontrar al Investigador asignado al caso o tener acceso al cuaderno de investigaciones, el cual “hasta la fecha” se desconoce; interpuso esta acción tutelar antes de la declaración informativa, considerando que la imputación formal fue presentada por el Fiscal de Materia a horas 20:00 de ese día, momento en el que terminó la citada declaración informativa, lesionando sistemáticamente sus derechos y garantías constitucionales al evidenciarse borrones en la foliación y la inserción del acta de ingreso voluntario de domicilio, extremos que merecen ser tomados en cuenta en la presente acción de defensa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el juez cautelar de turno. En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal; es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR