SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de agosto de 2016, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado y otros, a denuncia del representante de Servicios Eléctricos Tarija Sociedad Anónima (SETAR S.A.), en audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares, mediante Auto Interlocutorio 320/2016 de 18 del mes señalado, el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Tarija, resolvió imponer medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistente en detención domiciliaria, arraigo nacional y departamental, presentación de dos fiadores personales que acrediten un patrimonio propio de Bs50 000.- (cincuenta mil bolivianos), y la prohibición de comunicarse con las partes del proceso penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La configuración jurídica de la acción de libertad como derecho fundamental y garantía constitucional
- III.2. El deber del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga revocar una medida cautelar
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR