SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1220/2016-S3

Fecha: 07-Nov-2016

III.2.   Análisis del caso concreto

El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos invocados en la presente acción de libertad, toda vez que el Fiscal de Materia -hoy codemandado- emitió Resolución de sobreseimiento a su favor (Conclusión II.1.), misma que no fue notificada a las víctimas o querellantes incumpliendo con el art. 58.1 de la LOMP, así como tampoco se puso la referida Resolución a conocimiento del  superior jerárquico inobservando el art. 324 del CPP, a más de no ser evidente que el Juez de la causa otorgó el plazo de cinco días para el cumplimento de las comunicaciones a los sujetos procesales (Conclusión II.2.), existiendo una errónea interpretación de la normativa precedentemente citada; y no obstante haber presentado denuncia y solicitud de control jerárquico al Fiscal Departamental de Cochabamba -hoy demandado- ante la falta de celeridad en dichas actuaciones, hasta fecha de presentación de esta acción tutelar -25 de agosto de 2016- la misma no tuvo respuesta (Conclusión II.3.).