Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1244/2016-S3
Fecha: 08-Nov-2016
denegó
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 039/2016 de 1 de julio, cursante de fs. 159 a 161, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que ese Tribunal no puede constituirse en un medio ordinario para revisar las pruebas y los antecedentes de la tramitación que dieron origen a los fallos que hoy son objeto de la presente acción de defensa, razonamiento lógico, jurídico, doctrinal y jurisprudencial que se halla establecido en la Resolución 65/2015 y en el Auto de Vista 275/2015, evidenciando de esta forma la no vulneración al derecho a la propiedad privada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. La acción de amparo constitucional no es otra instancia adicional a los procesos judiciales o administrativos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR