Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1309/2016-S3
Fecha: 24-Nov-2016
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 8 de septiembre de 2016, Eduardo León Arancibia -ahora accionante- solicitó salida médica e internación alegando delicado estado de salud (fs. 25 y vta.), por lo que la Jueza de Instrucción Penal Decimotercera de la Capital del departamento de La Paz, mediante Auto de 9 del referido mes y año, concedió dicha petición para el 13, 14 y 15 del mismo mes y año de horas 8:00 a 15:00 (fs. 26).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- conforme a lo desarrollado, existen dos jueces cautelares con plena competencia para disponer lo que fuere de ley en la investigación sobre la que ejercen control jurisdiccional, incluyendo el traslado del imputado para una actuación específica, con el único requisito de dar aviso de ese hecho al otro juez
- III.2. El derecho a la vida: alcances
- CONFIRMAR