SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1353/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1353/2016-S3

Fecha: 30-Nov-2016

a)

La parte accionante ratificó la acción de libertad presentada, y ampliando la misma manifestó: a) “En audiencia de Cesación a la Detención Preventiva conforme el Art. 234 num. 1) del C.P.P. para desvirtuar los riesgos procesales hemos presentado trabajo pero el Juez no ha fundamentado y en cuanto a los otros riesgos procesales que son 6 y 10 del Art. 235 num. 1)” (sic); b) La defensa ha visto por conveniente apelar, refiriendo en audiencia la presentación de más prueba, solicitándose en otro memorial se deje sin efecto dicha Resolución; c) Se ordenó el traslado del ahora accionante al Recinto Penitenciario de San Pedro de La Paz, estando pendiente de resolución la apelación presentada -se entiende- contra el rechazo de la solicitud de la cesación a la detención preventiva; d) No existe respuesta a los memoriales presentados el 31 de agosto y 15 de septiembre de 2016; y, e) No se debería ordenar el traslado hasta la resolución del recurso de apelación.