DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2016
Fecha: 01-Dic-2016
INCOMPATIBILIDAD
A través de la DCP 0078/2016, el Tribunal Constitucional Plurinacional se pronunció sobre el proyecto de COM adecuado del Gobierno Autónomo Municipal de Chua Cocani, declarando la INCOMPATIBILIDAD de determinados preceptos contenidos en la referida norma institucional básica. En esta oportunidad, el Consultante remite a conocimiento de este Tribunal, las modificaciones y adecuaciones realizadas al citado proyecto, en cuyo entender conforme se estableció en la parte dispositiva de la citada Declaración Constitucional Plurinacional, corresponde pronunciarse sobre los preceptos declarados incompatibles por el referido fallo constitucional, siendo estos los siguientes artículos: 16.2 en su frase “…y concurrentes…”; 17.31; 77 en su enunciado introductorio y parágrafo I; 102 en su frase “…las personas con capacidades diferentes…”; 131.II, y 141.II en su frase “Dicho referéndum deberá realizarse
- control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos o cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas
- I.1. Contenido de la consulta
- INCOMPATIBILIDAD
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas institucionales básicas de las ETA
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- constitucionalidad aquellos artículos o preceptos que fueron declarados compatibles según el precitado fallo constitucional o por su fallo correlativo DCP 0230/2015
- Facultad Legislativa:
- Artículo 17. (ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL).-
- compatibilidad
- (INGRESOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS).-
- Artículo 77. (INGRESOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS).-
- (PERSONAS CON DISCAPACIDAD)
- compatible
- 3°