Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0154/2016 de 1 de diciembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0154/2016 de 1 de diciembre; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 01-Dic-2016

Por ello, la publicación de la norma se constituye inexcusablemente en un requisito formal de validez de la misma y que, en el Estado boliviano, debe ser aplicada tanto a leyes como a normas institucionales básicas por revestir ambas de carácter general a efectos de que la población tenga conocimiento certero del momento preciso en el cual una normativa aprobada por el Estado comienza a tener efectos jurídicos

Asumir que la COM o Estatutos Autonómicos entren en vigencia a partir de un acto electoral sería desmerecer el conocimiento oportuno que debe tener la ciudadanía respecto a la vigencia precisa de su norma institucional básica que sin ser publicada oficialmente por los medios idóneos será aplicada, conduciendo a una incertidumbre en cuanto a la fecha de vigencia y preceptos oficiales de la normativa que necesariamente debieron ser publicados en la gaceta oficial. Por ello, la publicación de la norma se constituye inexcusablemente en un requisito formal de validez de la misma y que, en el Estado boliviano, debe ser aplicada tanto a leyes como a normas institucionales básicas por revestir ambas de carácter general a efectos de que la población tenga conocimiento certero del momento preciso en el cual una normativa aprobada por el Estado comienza a tener efectos jurídicos.