SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1232/2016-S1
Fecha: 01-Dic-2016
II.1.
II.1. Mediante Testimonio 070/2016, de 25 de enero de 2016, a través el cual Eugenio Callacias Villarroel, Mario Flores Sanchez, Mario López Ojeda, Idelfonso Flores Hinojosa, Alejandro Cuéllar Abarechi, Emilio Soto Guerrero y Severo Efraín Apata Cejas, en condición de miembros del Directorio de la Comunidad Motacú, confieren poder especial, amplio y suficiente en favor de Eugenio Callacias Villarroel y Mario Flores Sánchez, por ante la Notaría de Fe Pública 1 de Montero de la provincia Obispo Santiestevan del departamento de Santa Cruz, para que éstos dos últimos representen a la Comunidad y realicen acciones y derechos apersonándose ante las instancias correspondientes con las facultades inherentes al ejercicio de sus funciones (fs. 1 a 2 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los particulares demandados
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El derecho a la propiedad privada o colectiva y las vías o medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR