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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1252/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1252/2016-S2

    Fecha: 05-Dic-2016

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela y se disponga que el Juez Público Mixto de Partido de Instrucción Penal del departamento de Cochabamba, señale nuevo día y hora de audiencia de detención preventiva a la “brevedad posible” y los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del referido departamento deberán remitir el legajo incidental al Juzgado de origen.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concediendo en parte
    • II.2.
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1.  De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
    • refiriéndose a la acción de libertad traslativa, en cuanto a los trámites y solicitudes cuando una persona se encuentra privada de libertad éstas deben ser atendidas con la mayor celeridad, por encontrarse de por medio la libertad de las personas
    • el habeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
    • III.3.
    • REVOCAR

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