Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
II.4.
II.4. Por providencia de 20 de mayo de 2016, el Juez Público Civil y Comercial Cuarto del departamento de La Paz, dispuso no ha lugar a lo solicitado por Donata Huarachi de Calcina y Lucinda Huarachi Roldán de Álvarez, puesto que anteriormente se dispuso su intervención por única vez (fs. 210 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
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