Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por sus representadas alega lesión a sus derechos a la defensa, igualdad procesal, acceso a la justicia y a la petición, debido a que dentro del proceso de usucapión decenal que siguió María Isabel Huarachi Caro se apersonaron en el referido proceso; sin embargo, el demandado en un afán inexplicable y fuera de toda norma, impidió su apersonamiento aduciendo que no tendrían legitimación necesaria, pese a que son herederas forzosas ab intestato; por lo que, al no permitir a sus mandantes apersonarse al proceso ya mencionado lesionó sus derechos y garantías constitucionales.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR