Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1258/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
II.5.
II.5. Mediante Auto de Vista 13 de 25 de abril de 2016, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, compuesta por los Vocales Mirael Salguero Palma y Victoriano Morón Cuellar, declararon admisible y procedente la apelación incidental, presentada por el Fiscal de Sustancias Controladas y en el fondo revocaron el Auto Interlocutorio, disponiendo se mantenga la incautación del inmueble de referencia para que en sentencia se disponga lo que legalmente corresponda (fs. 73 a 74 vta.).
- acción de
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- III.2. Del derecho al debido proceso en su elemento a la debida fundamentación, motivación y congruencia en las decisiones de las autoridades jurisdiccionales o administrativas
- III.3.
- Tráfico de Sustancias Controladas, inmerso en el Art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008,
- Fragmento 14
- REVOCAR