SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1266/2016-S2

Fecha: 05-Dic-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, en principio ratificó íntegramente los términos de la demanda y amplió la misma, manifestó adherirse a lo informado por Roberto Iván Aguilar Gómez, Ministro de Educación, en dos aspectos, el primero que desconoce de la existencia de memoriales de 9 y 23 de junio de 2016, recepcionados por el Ministerio de Educación; sin embargo, es de su conocimiento que sí, se presentó la solicitud de mantenerse en su cargo o se proceda a la inmediata reubicación dentro del marco del art. 74 del Reglamento del Escalafón Docente, es así, que ninguno de sus requerimientos tuvo ningún tipo de respuesta por parte de la referida autoridad del ramo educativo del país y ese extremo no puede ser desconocido; lo que la demandante de tutela, pide es conservarse en su fuente laboral, por dos meses más como establece dicho reglamento o se priorice su reubicación, petición que es derivada de un lugar a otro sin tener la contestación respectiva, teniendo que recurrir a una Notaria de Fe Pública, para que verifique si existía respuesta a un memorial, sin que hasta el día de hoy, el Ministro de Educación emita contestación a las solicitudes realizadas por la ahora accionante; por lo cual, pide se conceda la tutela.