SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1275/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que siguió el Ministerio Publico y otro contra el hoy accionante por la presunta comisión del delito de Asesinato; es así, que el 20 de septiembre de 2016, dentro del recurso de apelación incidental de medidas cautelares, formulado por su parte, contra la decisión de la Jueza cautelar, que denegó la solicitud de modificación del arresto domiciliario que venía cumpliendo hacen nueve meses sin observación alguna, y pese haber desvirtuado uno de los tres riesgos procesales que existían, manteniendo la medida de arresto domiciliario, con los peligros procesales de obstaculización insertos en el art. 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), los Vocales de la Sala Penal Primera, -demandados- pronunciaron el Auto de Vista 150/2016-SP1 de 20 de septiembre; decisión que carece de valoración de los elementos probatorios aportados que ha derivado en la inexistencia de una debida fundamentación y motivación, extremos que restringen su acceso a la libertad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la
- a)
- III.3. La debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales emitidas en apelación, vinculadas con el principio de congruencia
- 1)
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en todo