SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1298/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Aduce que, fueron conculcados sus derechos fundamentales por actos y omisiones ilegales de las autoridades jurisdiccionales, pues frente a la recusación interpuesta a Farid Nassar Donoso, Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Segundo del departamento de Chuquisaca (a quo) cuya Resolución fue elevada a los Vocales ahora demandados, omitieron cumplir normas procesales vulnerando disposiciones que atentan a la justicia, al juez imparcial, a la seguridad jurídica y al debido proceso, ya que durante la sustanciación del proceso penal que interpuso en contra de Ricardo Moscoso Moscoso y otra declarada rebelde, por la supuesta comisión de los delitos de daño simple, abuso de confianza e injurias, se habría denotado actos contrarios a la norma procesal realizados por el Juez a quo, que habiendo sido reclamado fue negado demostrando el interés en el proceso, llegando a interponer la recusación el 17 de mayo de 2016, por haber demostrado dicha autoridad jurisdiccional parcialidad, pues según el informe del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre demostraría que la construcción realizada por los demandados sería ilegal, que generaría daño a su inmueble, y estaría fuera de la norma municipal, razón por la que, se declaró clandestina siendo falsos los planos de construcción, ello emergió sobre un proceso administrativo cuya Resolución Administrativa del referido municipio demostró dichos aspectos, esta prueba habría sido rechazada con el fundamento de no haberse incorporado elementos probatorios, por lo que a efectos de corrección y saneamiento procesal, se planteó el incidente de defecto procesal absoluto respecto al rechazo de prueba extraordinaria, incidente que habría sido confirmado reiterando el rechazo indicando que no existe prueba, lo que dio lugar a la recusación. Sostiene que existe un interés directo que se demuestra por los actos y resoluciones que emitió el Juez referido, al haber recibido en audiencia de forma privada a una de las partes que estaría en litigio; asimismo, sobre el memorial de reposición, dejó sin efecto la sanción disciplinaria de manera arbitraria sin plantear corrección ni presentar prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Su configuración
- III.2. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria y el ámbito de competencia de la jurisdicción constitucional
- III.3. Valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo