SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 475/2016 de 28 de septiembre, cursante de fs. 53 a 57, pronunciada por el Juez de Ejecución Penal del departamento de Oruro, constituido en Juez de garantías; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada. Tratándose de un menor de edad y a fin de no generar dilación procesal, se modula el efecto del presente fallo, en sentido de que en caso de ya haberse definido su situación jurídica, se mantiene validos dichos actos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- es un mecanismo de defensa constitucional
- i)
- La directa vinculación con la libertad del elemento del debido proceso denunciado como afectado
- III.4. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR