SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1312/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1312/2016-S2

Fecha: 16-Dic-2016

1)

Haciendo uso del derecho a la dúplica, expresó: 1) Se dice que el accionante tenía dos domicilios, una testigo indicó que, el mismo vivía ahí y la documentación que se presentó era exacta, si bien el domicilio está en venta, ese es otro asunto; y, 2) Revisado el Certificado caducaría el 5 de noviembre de 2016 y por informe del capitán, éste firmó el 21 de octubre de igual año, desde esa fecha se debería computar, la solicitud que se presentó el 1 de agosto del mismo año.