SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

a)

Dalia Pedraza Ortíz, Jueza Pública de Familia e Instrucción Penal Primera de Cotoca del departamento de Santa Cruz, a través de informe escrito presentado el 30 de septiembre de 2016, cursante a fs. 10 y vta., manifestó que: a) Es falso que no se atendió oportunamente las solicitudes de cesación a la detención preventiva presentada por el accionante, más al contrario existieron diferentes señalamientos de audiencias; sin embargo, no se realizaron las mismas debido a la inasistencia del impetrante de tutela al juzgado, para proporcionar las copias necesarias y realizar las notificaciones correspondientes; y, b) Respecto a la última solicitud de cesación, ya no era competente para conocerla; toda vez que, el Ministerio Público presentó la acusación fiscal y por decreto de 22 de septiembre del referido año, se ordenó la remisión de actuados ante el tribunal de sentencia de turno para el respectivo enjuiciamiento; por lo que, solicitó se deniegue la tutela.